Le damos la bienvenida a la web de MEOPP ART MUTUAL.
Aquí encontrará todas nuestras herramientas y la información completa que necesitan nuestros Asociados.
Agencia Central
Yrigoyen 315 , CP: 8324 , Localidad: Cipolletti
TEL: 0299-4499320
Agencia Centro
La Plata 1557 , CP: 1250 , Localidad: Boedo - CABA
TEL: 0299-4499320
Agencia Patagonia Sur
Alvear 437 , CP: 9000 , Localidad: Comodoro Rivadavia
TEL: 0299-4499320
Agencia Patagonia Norte
Santa Cruz 275 , CP: 8300 , Localidad: Neuquén Capital
TEL: 0299-4499320
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Misión
"Velar por la salud y calidad de vida en el trabajo de todas las personas"
Visión
"Contribuir a mejorar la cobertura, condiciones y ambientes de trabajo. Comprometiendo a todos los actores, brindando una excelente cobertura medico asistencial, con énfasis en la prevención de riesgos y ofreciendo costos justos para empleadores"
Virtudes
"Mutualidad, Prevención de riesgos, Preocupación por los demás, Solidaridad, Responsabilidad"
Les damos la bienvenida.
Somos la primera ART MUTUAL del país que nacemos con el respaldo del Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa, Nuestro compromiso es trabajar conjuntamente con nuestros clientes en la prevención de la siniestralidad; ofreciendo costos justos, calidad y excelencia en la atención médica para los trabajadores. Procuramos trabajar armoniosamente entre todos los actores involucrados, mejorando la calidad de vida y trabajo de cada uno y de todos en comunidad. Contamos con una amplia Red de Prestadores y un equipo con alto nivel de capacitación que nos permite brindar una excelente cobertura medico asistencial a nuestros clientes y a sus trabajadores. Ofrecemos la cobertura en Riesgos del Trabajo que le asegura la mejor y más amplia cobertura para sus trabajadores.
1
Comuníquese con CECAP (Centro Coordinador de Atención Permanente)
El accidentado deberá ser derivado a un centro médico de la red de prestadores de ART
MUTUAL.
Para agilizar el traslado y dar aviso del accidente, comuníquese con
nuestro CECAP (Centro Coordinador de Atención Permanente) al teléfono
0800-222-2787 .
2
Seleccione el Prestador Médico (De la red de Prestadores de ART MUTUAL)
El CECAP le indicará un centro médico de la red de prestadores de ART MUTUAL MEOPP más cercano a su zona y se encargará de coordinar el traslado si fuese necesario.
3
Completar Formulario de Denuncia del Siniestro (ART MUTUAL MEOPP)
Dentro de las 48 hs. de ocurrido el accidente el Empleador deberá realizar la denuncia Administrativa , en nuestra WEB.
Accidentes In Itinere:
Si el accidentado se halla en condiciones de movilizarse por sus propios
medios, el mismo deberá trasladarse para la primera atención a un establecimiento asistencial de la red de
prestadores de ART MUTUAL MEOPP (siga los pasos desde el punto 2).
Si el accidente fuese grave y el accidentado fue derivado a un prestador público para su primera asistencia,
en cuanto el empleador tome conocimiento de lo acontecido, deberá de proceder siguiendo los pasos
desde el punto 1.
Prevención de Fraudes en Riesgos del Trabajo
El fraude es un delito penado legal, ética y socialmente, por cuanto causa daños a toda la
comunidad. En materia de seguros, se trata de un engaño a una compañía de seguros para obtener un beneficio
económico ilegalmente y su impacto incide directamente en los costos de las pólizas, perjudicando a los
asegurados. Por eso, es importante que todos seamos parte de la lucha contra esta forma de comportamiento
ilegal.
Si advertís actos sospechosos, podes comunicarte con nosotros y denunciarlo. Garantizamos la
absoluta confidencialidad de la información que brindes. Escribinos a prevenciondefraude@meopp-art.org.ar,
procurando aportar la mayor cantidad de datos que nos permitan investigar el caso.
- Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros.
- Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.
- El fraude que se dirige contra el asegurador causa daños a toda la comunidad, incide en los costos de las primas, y ocurre cuando la gente engaña a la compañía (y/o al productor asesor de seguros) para cobrar dinero u obtener alguna otra ventaja a la que no tiene derecho.
- El fraude que afecta al asegurador es un delito. La variación, simulación o tergiversación de circunstancias personales, temporales, objetivas, de causalidad, de lugar, y la provocación deliberada, o la simulación total o parcial del acaecimiento del siniestro, son algunas de las formas de fraudes más comunes, lo que lleva a admitirlo como natural, sin comprender la gravedad que conlleva.
- Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de ser tomadas en cuenta hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato, resultando de mayor gravedad las consecuencias frente a actitudes dolosas o de mala fe.
- Recuerden que pueden ser voluntaria o involuntariamente implicados en una maniobra de fraude. Siempre existe el riesgo de que alguna persona con muy malas intenciones los induzcan a realizar prácticas que están por fuera de la ley.
- Nunca deben avenirse a cooperar en la realización de una maniobra de fraude.
- Nunca deben facilitar los datos ni el acceso de sus pólizas a terceros cuando ello no se justifique, ni permitir que se sustituyan o simulen las reales circunstancias personales, temporales, objetivas o causales, relativas al acaecimiento de un siniestro.
- Deben mantenerse alerta sobre accidentes repentinos o de extraña modalidad que sufra, especialmente si están involucrados presuntos afectados en bicicleta o motocicleta.
- Deben procurar obtener datos de testigos reales y documentar, acorde a sus posibilidades, las circunstancias del siniestro, mediante fotografías, filmaciones, etc. para evitar que aquellas sean distorsionadas en su contra.
- Siempre deben consultar con su aseguradora ante cualquier duda o eventualidad y comunicar novedades que surjan.
- Recuerden que deben formular la denuncia del acaecimiento del siniestro. Procuren formalizar dicha denuncia y que le sea informado el número de siniestro por el que tramitará internamente en la entidad.
- Tengan presente que sus coberturas pueden tener limitaciones, en orden a ítems, riesgos o conceptos no cubiertos, en virtud de franquicias o por la adopción de sistemas personalizados, usualmente conocidos “de scoring”, en los que la prima se define acorde a mediciones estadísticas respecto de la siniestralidad, dependiendo de distintas variables personales, del bien asegurado, de su uso y geográficas, que deben ser respetadas.
- Si bien está permitido asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con más de un asegurador, en su caso tal extremo debe ser notificado a todas las entidades. No es lícito que la indemnización supere el monto de daño sufrido, como tampoco perseguir el cobro respecto de un siniestro que ya fue reparado por alguna otra aseguradora.
- En primer lugar, saber que la ART está obligada a brindarte todas las prestaciones médicas necesarias para tu recuperación y vos tenés la obligación de cumplir con el tratamiento indicado.
- También, es importante que tengas presente que no es necesaria la intervención de abogados para el cumplimiento de tu tratamiento, por eso, si recibís llamados y/o citaciones de intermediarios ajenos a la ART, es imprescindible que lo comuniques a esta aseguradora.
- La Superintendencia de Riesgo de Trabajo (SRT) es el organismo estatal que controla a las aseguradoras para garantizar que se otorguen las prestaciones médico-asistenciales y dinerarias en caso de accidente de trabajo o enfermedades profesionales.
- Recordá que, si recibís una carta documento en tu domicilio y te surgen dudas al respecto, podés comunicarte a siniestros-art@meopp-art.org.ar o contacto@meopp-art.org.ar para obtener una respuesta inmediata.
- En primer lugar, saber que la ART está obligada a brindarte todas las prestaciones médicas necesarias para tu recuperación y vos tenés la obligación de cumplir con el tratamiento indicado.
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La SRT brinda asesoramiento jurídico y servicio de patrocinio
gratuito.
Para más información ingresá en: https://www.argentina.gob.ar/srt/patrocinio-letrado/servicio-patrocinio-letrado
¡Estamos para asesorarte y asistirte Gracias por confiar en MEOPP ART MUTUAL!
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Formulario UIF - Persona Humana
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Formulario UIF - Persona Jurídica
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Formulario UIF - Declaración Jurada Sujeto Obligado
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Formulario de Solicitud de Afiliación
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Form. 817: Formulario para el Pago de Cuotas
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Form. 801 C: Formulario para el Pago de Intereses
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Presentación de Documentación en la Afiliación
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Declaración Jurada de Establecimientos
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Relevamiento de Trabajadores Expuestos a Agentes de Riesgo
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Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGRL) Dec.351/79
Actividades manufactureras, comerciales, industriales, servicios, comunales y otras no vinculadas al agro o a la construcción -
Relevamiento Gral. Riesgo Laboral (RGRL) Dec. 617/97 Agro
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Relevamiento Gral. Riesgo Laboral (RGRL) Dec. 911/96 Construcción
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Listado de Agentes de Riesgo
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Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal
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Aviso de Obra
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Resolución SRT 743-03 Anexo II Registro Nacional de Establecimientos para la Prevención de Accidentes
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Resolución SRT 81/2019 Anexo II Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos.
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Permiso de Trabajo Seguro.
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Res SRT Nº 363/16 Formulario IGE (Información General del Empleador)
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Denuncia de Enfermedad Profesional
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Denuncia de Accidente de Trabajo
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Tablas de Códigos para Denuncias de Siniestos
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Solicitud de Reintegro de ILT
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Solicitud de Reingreso
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Solicitud de Reintegro de Gastos
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Parte Médico de Ingreso
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Atención Médica
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Alta Médica - Fin de Tratamiento
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Solicitud de Autorización
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Audiometria
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Cuestionario Anexo IV_I - Iuminación Insuficiente
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Cuestionario Anexo V - Posiciones forzadas y Gestos repetitivos en el trabajo
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Cuestionario de Columna Lumbosacra para Hernia Discal Lumbosacra
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Declaración Jurada
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Estudio Odontoestomatólogico
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Exámen Clínico
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Examen del segmento corporal comprometido
COMO TRAMITAR UN TRASPASO A MEOPP ART MUTUAL
NUEVO SERVICIO DE POLIZA
DIGITAL (RES 46/2018 SRT)
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- Certificado de Cobertura con nómina
- Certificado de Cobertura con nómina y Cláusula de no repetición
- De acuerdo con la normativa vigente, todos los movimientos en la nómina de personal (altas y bajas) deberán ser registrados por el empleador a través del aplicativo ¨Mi Simplificación¨, administrado por la AFIP.
- Los registros de ART MUTUAL son actualizados con las novedades ingresadas a través de “Mi Simplificación”, con lo cual no es necesario que Usted nos envíe esta información.
- Según lo establecido por la legislación, es responsabilidad del empleador mantener su domicilio actualizado ante la ART. Por este motivo, le solicitamos que toda vez que se produzca un cambio de domicilio lo informe inmediatamente vía mail a afiliaciones@meopp.com.ar
- No lo completara anteriormente
- Tuviera altas o bajas de establecimientos.
- Se encuentre incluido en el “Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada”.
- En caso que el trabajador sufriera un accidente en el puesto de trabajo, el mismo deberá ser derivado a un centro médico de la red de prestadores de ART MUTUAL. para la primera asistencia. Si debido a la gravedad del accidente, el traslado requiere cuidados especiales (ambulancia) deberá comunicarse con el CENTRO DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIA al teléfono 0800-222-2787
- Si el accidentado se halla en condiciones de movilizarse por sus propios medios, el mismo deberá trasladarse a un establecimiento asistencial de la red de prestadores de ART MUTUAL para la primera atención. Si el accidentado fue derivado a un servicio médico que no pertenece a la cartilla de Pesadores de ART MUTUAL, el empleado comunicará lo sucedido a su empleador, para que se comunique a la brevedad con el CENTRO DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIA al teléfono 0800-222-2787
- Vía WEB: ingresando en nuestra página www.meopp.com.ar opción Servicios MEOPP Online es la manera más ágil y rápida para realizar las denuncias de siniestro. Este procedimiento es suficiente constancia de su denuncia y no deberá enviar luego el formulario por otra vía.
- Vía Fax o Vía e-mail: puede descargar el Formulario de Denuncias de Siniestros desde aquí (sección Descarga de Formularios) completarlo y enviarlo por fax al 0800-333-2782 o enviarlo por email a denuncias@meopp-art.org.ar.
- Asistencia médica y farmacéutica.
- Rehabilitación, prótesis y ortopedia.
- Recalificación: Que se brinda si fuese necesario una vez finalizado el proceso de rehabilitación.
- Servicio Funerario.
- La ART tiene un tiempo de 10 días corridos para definir la aceptación o rechazo del siniestro.
- Si al momento de ocurrir un accidente existieran motivos que pusieran en duda la veracidad del accidente, la ART MUTUAL podrá tomar una extensión de 20 días adicionales a los 10 días que marca la ley para determinar la aceptación o rechazo del siniestro. En este periodo de tiempo adicional la ART realizará la investigación de dicho siniestro.
- El traslado con vehículo solo corresponde cuando el accidentado no se puede desplazar por sus propios medios, en este caso, el médico interviniente deberá indicar que el accidentado tiene que concurrir a las consultas o tratamientos con traslado en un vehículo a cargo de la ART. Otra forma por la cual correspondería un traslado en vehículo, es en la primera atención médica y que la gravedad de la lesión lo amerite. Cuando el accidentado puede movilizarse por sus propios medios, los gastos que le ocasione el trasladarse en transporte público, le serán reintegrados por la ART MUTUAL.
- Normalmente son las clínicas quienes envían a la ART el pedido de autorización de una orden médica, en el caso que el accidentado tenga en su poder dicha orden, el mismo deberá enviarnos la misma ya sea vía fax o por mail a autorizaciones@meopp.com.ar a fin de poder autorizar lo solicitado.
- El accidentado podrá retomar sus labores una vez que tenga el alta médica laboral otorgada por el médico, de lo contrario se entiende que aún sigue con las prestaciones correspondientes a su siniestro.
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Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P)
Actualización del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P). -
Decreto 49/ 2014
Listado de enfermedades profesionales. Decretos 658/96; 659/96; 590/97. Modificaciones. -
Ley N° 26.773/ 2012
"Régimen de Ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales", modificatoria de la Ley N° 24.557. -
Ley 24.557/ 1995 - Ley de Riesgos del Trabajo
Objetivos y ámbito de aplicación. Prevención de riesgos del trabajo. Contingencia y situaciones cubiertas. Prestaciones dinerarias y en especie. -
Resolución SRT 741/2010
Información que deber remitir las ART a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Procedimiento. -
Resolución SRT 1735/2009
Se suspende la aplicación del incremento del monto de las alícuotas. -
Decreto 1694/2009
Incremento de los montos de prestaciones dinerarias. Creación del registro de Prestadores Médico Asistenciales. -
Resolución SRT 529/2009
Modifica la Resolución SRT N° 463/2009 relacionada a la creación del Registro de cumplimiento de normas de Salud, Higiene y Seguridad en el Trabajo. -
Resolución SRT 463/2009
Solicitud de Afiliación y Contrato de Afiliación. Creación del Registro de cumplimiento de normas de Salud, Higiene y Seguridad en el Trabajo. -
Resolución SRT 365/ 2009
Establece que los empleadores quedan incluidos en el Sistema de Ventanilla Electrónica implementado por la Resolución 635/08. -
Resolución SRT 1601/2007
Formularios de denuncias de accidentes de trabajo. -
Resolución SRT 230/2003
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Denuncia obligatoria de empleadores. -
Resolución 310/2002
Credencial de identificación de empleados cubiertos.
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Resolución SRT Nº 61/2023
Medidas de seguridad en altura -
Resolución SRT Nº 30/ 2023
Especificaciones técnicas sobre carga térmica.Estrés por calor -
Resolución SRT Nº 960/ 2015
Condiciones de seguridad para la operación de vehículos autoelevadores -
Resolución SRT Nº 905/ 2015
Misiones y Funciones de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Medicina Laboral Empresariales (incluyendo: Historia Clínica Digital por CUIL). -
Resolución SRT Nº 886/ 2015
Protocolo de ergonomía. -
Resolución SRT Nº 861/ 2015
Protocolo para la medición de contaminantes químicos en el ambiente laboral. -
Resolución SRT Nº 801/ 2015
Protocolo de señalización y etiquetado de productos químicos. -
Resolución SRT 503/ 2014
Trabajos de movimiento de suelos, excavaciones manuales o mecánicas a cielo abierto. -
Resolución SRT 85/ 2012
Se aprueba el Protocolo para la Medición del Ruido en el Ambiente Laboral. -
Resolución SRT 84/ 2012
Se aprueba el Protocolo para la Medición de la Iluminación en el Ambiente Laboral. -
Resolución SRT 475/ 2011
Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad. Modifica la Resolución N° 559/09. -
Resolución SRT 299/ 2011
Se establece la obligatoriedad del Empleador de registrar la entrega de elementos de protección personal a los trabajadores. -
Resolución SRT 37/ 2010
Se establecen los exámenes médicos en salud que quedarán incluidos en el sistema de riesgos del trabajo. -
Resolución SRT 771/ 2009
Se prorroga lo establecido en la Resolución SRT 463/2009 relacionada a la creación del Registro de cumplimiento de normas de Salud, Higiene y Seguridad en el Trabajo. -
Resolución SRT 559/ 2009
Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad. -
Resolución SRT 1721/ 2004
Reducción de accidentes mortales. -
Resolución SRT 743/ 2003
Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores. -
Resolución SRT 497/ 2003
Dispone el funcionamiento del “Registro de Difenilos Policlorados”. -
Resolución SRT 415/ 2002
Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos.
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Res. SRT N° 705/2022
RECOMENDACIONES DE CUIDADOS GENERALES PARA LA PREVENCIÓN DE COVID-19 Y OTRAS ENFERMEDADES RESPIRATORIAS AGUDAS -
Res. SRT N° 67/2022
RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN AMBIENTES LABORALES -
DNU N° 39/21
BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA OCUPACIONAL - Decreto 39/2021 -
Res SRT N° 27/2022
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD -
Res SRT N° 10/21
BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO - Resolución 10/2021 -
Res. SRT N° 21/2020
TELETRABAJO. NUEVOS REQUISITOS -
Res. SRT N° 21/2020
TELETRABAJO. (Planilla para envío de Información) Para completar la información podes descargar la planilla y enviar la información requerida a contacto@meopp-art.org.ar -
Res. SRT 29/2020
RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN AMBIENTES LABORALES -
Res. SRT 29/2020. Anexo I
RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN. Anexo I Para más información o recibir asesoramiento sobre este tema, contáctate con nosotros a contacto@meopp-art.org.ar -
Res. SRT 29/2020. Anexo II
RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN. Anexo II Para más información o recibir asesoramiento sobre este tema, contáctate con nosotros a contacto@meopp-art.org.ar -
Resolución SRT 37/10
PRÓRROGA PARA EXÁMENES MÉDICOS PERIÓDICOS -
Decreto 367/2020
COBERTURA DE ENFERMEDAD CAUSADA POR COVID-19 -
Resolución SRT 38/2020
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Reglamenta el DNU N°367/2020 -
Resolución SRT 40/2020
Presentaciones de trámites ante la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL (C.M.C.) y las COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES (C.M.J.) -
Resolución SRT 44/2020
Implementación de la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL como medio de interacción con la comunidad en general, mediante la plataforma “e-servicios S.R.T.”. -
Resolución SRT 46/2020
Protocolo SRT para la Prevención del COVID-19. Recomendaciones y sugerencias. -
Disposición SRT 3/2020
RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA EL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES. -
Disposición SRT 3/2020. Anexo I
RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA EL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES. -
Disposición SRT 5/2020
LA SRT DISPONE LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES DURANTE EL PERÍODO DE CUARENTENA.
· Recomendaciones especiales para trabajos exceptuados del cumplimiento de la cuarentena.
· Recomendaciones para desplazamientos hacia y desde tu trabajo.
· Elementos de protección personal.
· Correcta colocación y retiro de protector respiratorio. -
Disposición SRT 6/2020
RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA TRABAJOS EN EL SECTOR DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA. -
Compilación Normativa COVID- 19
-
Disposición SRT 16/2020
PROTOCOLO GENERAL PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19. GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA UNA REINCORPORACIÓN GRADUAL RESPONSABLE AL TRABAJO. -
Disposición SRT 16/2020. Anexo I
-
Disposición SRT 16/2020. Anexo II
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Reseña de politicas sobre Covid-19 y el trabajo de la OIT
-
Sistema de Ventanilla. Manual de Usuario
-
Plan Anual de Capacitaciones 2024
RECOMENDACIONES COVID-19
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Bienestar Laboral
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Plan Bienestar Laboral
-
RCP Y DEA
BIENESTAR LABORAL
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Prevencion de Riesgos Laborales.
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Afiche Obligatorio Res 268-16 Establecimientos Empleadores.
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Afiche Informativo Res 30-2021 SRT.